El Tribunal Supremo ha fijado doctrina sobre la aplicación del nuevo valor de referencia del catastro, lo que se conoce como el «catastrazo», y obliga a la Agencia Tributaria, y no al comprador, a justificar debidamente el valor del inmueble.
En una sentencia fechada el pasado 23 de enero a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo contencioso estima en parte el recurso de una empresa contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León sobre el cálculo realizado para el cálculo del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, la plusvalía.